¿QUIÉNES DEBEN PAGAR EL APORTE FONDO?
El aporte Fondo es obligatorio para los egresados de la Udelar, de la UTEC y del nivel terciario del CETP – UTU. Se paga a partir de enero del año que se cumple el quinto año del primer egreso y hasta que se cumpla alguna de las causales de cese. En enero de 2021 comienzan a aportar quienes egresaron en cualquier mes del año 2016.
¿QUIÉNES DEBEN PAGAR EL APORTE AL ADICIONAL?
El aporte Fondo es obligatorio para los egresados de la Udelar con una duración igual o superior a 5 años. Se paga a partir de enero del año en que se cumple el quinto año del egreso y hasta que se cumpla alguna de las causales de cese. La duración de carreras es la determinada en enero de 2002.
¿QUÉ SE ENTIENDE POR EGRESADO?
La persona que aprueba la totalidad de requisitos exigidos por el plan de estudios de la carrera con la aprobación del último examen, curso, tesis, etc., independientemente de la tramitación posterior del respectivo título o habilitación (artículo 755 de la Ley Nº 19.355). A efectos de calcular cuándo se cumplen los 5 años de egresado, se debe tomar la fecha indicada en el título o escolaridad como aquella en que se cumplieron las obligaciones correspondientes al respectivo plan de estudios de la carrera, no debe contarse a partir de la fecha de expedición del título.
¿CUÁL ES EL MONTO DEL APORTE?
El monto del aporte Fondo se establece según la duración de la carrera y se aplica de forma gradual, durante los primeros 4 años no se aporta, de 5 a 9 años de egresado se aporta la mitad y con 10 y más años de egreso se aporta el total. El valor del aporte Adicional tiene un único monto correspondiente a 5/3 de BPC. El pago de ambos aportes se realiza en carácter de anticipo mensual.
¿DÓNDE SE PAGAN LOS APORTES?
Se puede pagar en línea en el Portal de Egresados, adhiriendo a sistemas de débito automático o en las redes de cobranza Abitab y Redpagos. El pago fuera de fecha genera multas y recargos, estando nuestro organismo adherido al Clearing de Informes. + info PAGOS
Recuerde que las entidades públicas o privadas exigen anualmente la presentación del Certificado de estar día con nuestros aportes para habilitar el pago de servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones.
¿SE PUEDE EXONERAR U OMITIR EL PAGO DE LOS APORTES?
Siempre que el egresado justifique en forma razonable que sus ingresos durante el año no van a superar los mínimos no imponibles (MNI) puede omitir el pago de los aportes y desde enero del siguiente año realizar el trámite de Exención en el Portal de Autogestión. Los valores del MNI establecidos son: ingreso mensual inferior a 8 BPC ($38.960 a valores 2021) para exonerar el aporte Fondo e ingreso mensual inferior a 6 BPC
($ 29.220 a valores 2021) para exonerar el aporte Adicional. + info EXENCIONES
¿CUÁL ES EL DESTINO DE LOS APORTES?
El aporte Fondo sustenta el sistema de becas para estudiantes terciarios de bajos recursos y el aporte Adicional es destinado a la Udelar.+ info DESTINO DEL APORTE
¿QUÉ SERVICIOS OFRECE EL PORTAL DE AUTOGESTIÓN DEL EGRESADO?
Los usuarios registrados en el Portal de Autogestión acceden al detalle personalizado del aporte y la cuenta corriente, pago en línea con tarjetas de débito, crédito o banco, adhesión a débito automático, solicitud de exención, generación de convenios para pago de deuda, emisión y validación del certificado de estar al día, solicitud de reintegros y seguimiento de trámites, actualización de datos, etc. + info REGISTRO PORTAL