Ya se encuentra habilitada la Solicitud de Omisión de pago de los anticipos mensuales correspondientes al ejercicio 2027.
Este trámite permite omitir el pago de los anticipos mensuales de 2027 cuando el contribuyente estime, de forma razonable, que sus ingresos mensuales serán inferiores a los mínimos no imponibles establecidos para los aportes al Fondo de Solidaridad.
Podrán solicitar la omisión quienes estimen que sus ingresos mensuales serán inferiores a:
- 8 BPC para el aporte Fondo.
- 6 BPC para el aporte Adicional.
Los montos en pesos correspondientes al ejercicio 2027 se actualizarán una vez que se establezca oficialmente el nuevo valor de la BPC.
Como referencia, a valores 2026, los mínimos no imponibles son de $ 54.912 para el aporte Fondo y $ 41.184 para el aporte Adicional.
La omisión de pago está dirigida especialmente a contribuyentes que, estando en condiciones de exonerar los aportes correspondientes a 2027, necesiten obtener el Certificado de estar al día, así como a las personas afiliadas a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) en ejercicio que prevean exonerar y deseen omitir estos aportes junto con sus aportes jubilatorios.
*Los afiliados a Caja de Profesionales que estimen que estarán en condiciones de exonerar los aportes correspondientes a 2027, es importante que realicen la solicitud de omisión antes de finalizado noviembre.
Para calcular el ingreso promedio mensual proveniente de actividades laborales se tendrán en cuenta:
- Los importes nominales obtenidos en relación de dependencia: salarios, aguinaldo, salario vacacional y todo ingreso de naturaleza salarial.
- La facturación por honorarios y/o servicios personales, sin considerar IVA.
- La renta bruta obtenida por titulares de empresas unipersonales y socios con actividad en establecimientos comerciales y/o rurales.
La solicitud se realiza a través del Portal de Autogestión, completando la Declaración Jurada Provisoria y adjuntando la documentación requerida. Para iniciar el trámite es necesario estar registrado previamente como usuario y tener gestionado el Contrato de Usuario.
Importante: finalizado el ejercicio 2027, será imprescindible tramitar la Solicitud de Exención de aportes correspondiente a ese año.
