SERVICIOS Y GESTIONES

Contrato de usuario del Portal de Autogestión

    ¿En qué consiste?

A través de nuestro Portal de Autogestión se disponibilizan diversos servicios y trámites que se utilizan en línea desde cualquier dispositivo, las 24 horas y durante todo el año.

Ingresando en Autogestión puede acceder al detalle personalizado del aporte y cuenta corriente, pagar en línea con tarjetas de débito, crédito o banco, adherir a débito automático, solicitar la exención u omisión del pago de aportes, generar Convenios para pago de deuda, emitir el Certificado de estar al día, verificar el Cese y seguir la resolución de todos los trámites.

La mayoría de estos servicios requieren que la identidad del contribuyente este adecuadamente verificada, por eso es imprescindible gestionar el Contrato de Usuario, que se firma por única vez. 

¿Cómo gestionar el Contrato de Usuario?

Existen diversas formas de suscribir al Contrato:

  • Debe Registrarse, completar los datos solicitados y establecer la contraseña a través del link enviado inmediatamente por mail, recuerde revisar el correo no deseado o SPAM.
  • Ya logueado en el Portal de Autogestión, contando con cédula electrónica y el correspondiente dispositivo de lectura puede suscribir al contrato (sin costo).
  • Debe Registrarse, completar los datos solicitados y establecer la contraseña a través del link enviado inmediatamente por mail (recuerde revisar el correo no deseado o SPAM).
  • Ya logueado en el Portal de Autogestión debe descargar el Contrato, firmarlo y hacerlo llegar a nuestras oficinas conjuntamente con una copia del documento de identidad. No requiere agenda previa, se deja en la Recepción y/o envía por Correo Postal.
  • En caso de contar con firma electrónica avanzada podrá enviar todo a través de nuestro formulario de contacto en formato pdf.
  • En todas las agencias de Abitab o Redpagos del país, solo con la cédula y un costo de $ 98 pesos.

Última revisión: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Medios de pago

¿Qué conceptos se pueden abonar?

  • Anticipos mensuales vigentes o vencidos, correspondientes al Aporte Fondo y Adicional, se pueden abonar en una o varias cuotas, inclusive la totalidad de los aportes anuales.
  • Cuotas de Convenios.
  • Cargos que se puedan generar derivados de la aportación (contravenciones, pagos a cuenta, etc.).

Recuerde que el vencimiento de cada anticipo es el último día de cada mes y el pago atrasado de los aportes genera multas y recargos de acuerdo al Código Tributario.

Detallamos las diversas formas de pago:

Tarjetas de crédito

La cantidad de cuotas habilitadas dependen del monto a financiar.

Los aportes vigentes, vencidos, así como cuotas de los Convenios se pueden abonar a través de los siguientes e-banking y sistema de pago de Banred:

  • En las redes de cobranza de Abitab y Redpagos mencionando el documento de identidad. 
  • En nuestra oficina (previo agenda web) a través de las tarjetas de crédito Oca, Visa, Master y Diners (1 a 6 pagos) y Cabal (de 1 a 12 pagos), y con tarjetas de débito. 

Última actualización: febrero 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Adhesión a débitos

    ¿A quién está destinada?

A todos los contribuyentes que realizan sus aportes directamente al Fondo de Solidaridad y para aquellos que aporten a través de CJPPU que tengan Convenios de pago con el Fondo.

Tanto los aportes mensuales como las cuotas del Convenio pueden adherirse a sistemas de débito automático a través de:

  • Tarjetas de crédito Oca, Visa, Master o Diners.
  • Sistemas de débito en cuentas del BROU.

¿Cuándo se debita?

  • Los aportes mensuales y cuotas de Convenio se debitan a mes vencido. Por ejemplo, el anticipo de abril que vence el día 30 se notificará como una “compra” de los primeros días del mes de mayo, dependiendo del cierre de cada tarjeta de crédito será cuando se vea reflejado este pago en el respectivo estado de cuenta.
  • El débito en la cuenta BROU se realiza el día 10 de cada mes.

¿Cómo se realiza la adhesión?

  • A través de tarjetas crédito en el Portal de Autogestión (requiere Contrato de Usuario). Luego debe dirigirse a la opción Servicios en Línea,ir a:
    • Adhesiones a Débitos Automáticos /Tarjetas de Crédito.
  • La adhesión con OCA también se realiza a través del 0800 7000 o en la web.
  • La adhesión con VISA también se realiza en visanet.com.uy.
  • La adhesión a débito automático para BROU se solicita a través del e-Brou luego ir a:
    • Multipagos / Alta de Débito automático / Servicios varios / Sseleccionar Fondo de Solidaridad.

¿Cómo seguir el estado de los pagos y modificar la adhesión?

  • Podrá verificar el pago en el estado de cuenta de la tarjeta y en Mis pagos de nuestro Portal de Autogestión.
  • Podrá modificar la tarjeta en el mismo lugar indicado para la adhesión ingresando los datos correspondientes.
  • Si desea solicitar la baja a la adhesión debe enviar un mail por el formulario de contacto o de forma presencial. La baja del BROU se gestiona en la web de e-BROU.
ADHERIR A TARJETAS

Datos de interés

Última revisión: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Pago de aportes vencidos

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes con aportes vencidos que quieran ponerse al día y regularizar su situación. Recordamos que el Certificado es inhabilitado por atrasos mayores a 90 días lo que puede generar retención del sueldo u otras gestiones de fiscalización.  El Certificado quedará habilitado en un plazo de 24 horas de la cancelación de la deuda o pago inicial de Convenio.

   ¿Cómo se hace para regularizar los adeudos?

  • En un pago por todos los medios antes mencionados.
  • Con tarjetas de crédito en la cantidad de cuotas que permita el sello y el monto adeudado.
  • En cuotas realizando un Convenio de pago en hasta 36 cuotas según Código Tributario (cantidad de cuotas depende del monto adeudado).

  ¿Qué es el Convenio de pago y cómo hacerlo?

El Convenio otorga la posibilidad de pagar la deuda en hasta 36 cuotas, de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario -dependiendo del monto adeudado-.

Al realizar el Convenio en Autogestión podrá visualizar el monto total de la deuda con los valores de las cuotas según las distintas opciones de financiación, pudiendo optar por la más adecuada.

Luego de gestionar el Convenio deberá abonar el pago inicial (incluye entrega y/o cargos, más la primera cuota) en las redes de cobranza Abitab y Red Pagos con su número de cédula o a través del Portal de Egresados. De la misma forma podrá continuar abonando las cuotas restantes.

El Convenio puede gestionarse por las siguientes vías:

En el Portal de Autogestión con Contrato de Usuario. Podrá visualizar el monto total de la deuda con los valores de las cuotas según las distintas opciones de financiación, pudiendo optar por la más adecuada y realizar todo el convenio en línea.

Contactándose a través de nuestro Formulario de contacto recibirá el asesoramiento necesario y podrá realizar todo el Convenio por mail.

De forma presencial en nuestras oficinas, previo agenda web.

Última actualización: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Afiliados de CJPPU en ejercicio

Afiliados a la CJPPU con declaración de ejercicio a octubre del año anterior, abonan los anticipos del ejercicio en curso directamente en la Caja (incluye a los escribanos afiliados a CJPPU por otras carreras) de las siguientes formas:

  • Pago en línea en la web de la CJPPU.
  • Redes de cobranza (Abitab y Redpagos).
  • Adhesión a débito automático en CJPPU.

Con deuda de ejercicios anteriores, debe ingresar en nuestro Portal de Autogestión y pagar directamente en el Fondo por los medios indicados, también puede contactarse por el formulario de consulta o personalmente en nuestras oficinas (previo agenda web).

Última actualización: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Solicitud de exención de aportes por mínimo no imponible

    ¿A quién está destinada?

La solicitud está destinada a los contribuyentes con ingresos mensuales que no superen el mínimo no imponible (MNI) de 8 BPC (Base de Prestación Contributiva) para exonerar el aporte Fondo  y con ingresos que no superen las 6 BPC para exonerar el aporte Adicional.

Aportes 2024: El MNI de ingresos para exonerar los aportes correspondientes al ejercicio 2024 es de $49.416 para el Aporte Fondo y $37.062 para el Aporte Adicional.

Aportes de ejercicios anteriores: Existe la posibilidad de solicitar la exención de aportes de años anteriores (desde 2015 en adelante), abonando una multa por contravención (ver costos en la parte inferior). Puede consultar el valor histórico de la BPC en esta misma sección en Datos de Interés.

A efectos de calcular el ingreso promedio mensual proveniente de actividades laborales se tendrán en cuenta: 

  • Importes nominales obtenidos en relación de dependencia: salarios, aguinaldos, salario vacacional y todo ingreso de naturaleza salarial.
  • Facturación por honorarios y/o servicios personales (importes sin considerar IVA).
  • Resultado bruto, obtenida por titulares de empresas unipersonales, socios con actividad de establecimientos comerciales y/o rurales.

    ¿Cómo se hace?

La Solicitud de Exención de aportes se realiza exclusivamente a través del Portal de Autogestión completando la Declaración Jurada y adjuntando la documentación requerida. VER INSTRUCTIVO DE AYUDA AQUÍ

Para iniciar el trámite es necesario estar registrado previamente como usuario del Portal de Autogestión y contar con el Contrato de Usuario.

    ¿En qué plazo y con qué frecuencia se presenta?

La solicitud es de carácter anual y se realiza desde el 1° de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se desea eximir.  Por ejemplo, para exonerar el pago de aportes 2024 se realiza la exoneración desde enero de 2025 y se debe gestionar para cada ejercicio.

Las presentaciones fuera de plazo generan una multa por contravención.

    ¿Qué documentos debo adjuntar?

En todos los casos se debe presentar:

  • Consulta de Actividades e Historia Laboral (o Vida Laboral) de BPS. Se obtienen desde Servicios en línea de BPS, con usuario registrado (puede gestionarlo sin costo en las redes de cobranzas o en BPS presencial). Descargar el PDF de Aportes e Historia Laboral y el PDF de Mis Actividades (puede ver nuestro Instructivo de ayuda).
  • Si es afiliado a Caja de Profesionales (CJPPU), debe adjuntar la historia de afiliado emitida por dicho organismo donde conste el histórico de los períodos de aporte computables.

Dependiendo del tipo de actividad laboral de sus ingresos, deberá también adjuntar:

 

INICIAR TRÁMITE
SEGUIMIENTO / RESOLUCIÓN

Datos de interés

  • Si desarrolla actividades amparadas por otros organismos provisionales, deberá anexar los ingresos obtenidos (Caja Bancaria, Caja Policial y Militar). 
  • Si en la historia laboral del BPS no figuran las remuneraciones correspondientes al mes de diciembre, se deben adjuntar comprobantes de los ingresos recibidos durante dicho mes.
  • Declarar los ingresos mensuales del ejercicio a eximir, indicando número de primer y última factura emitida y adjuntar copia de la última factura emitida. 
  • Declaraciones Juradas presentadas a DGI correspondientes al ejercicio a eximir (Formularios 1102 y 1302).

Los titulares de empresa unipersonal (excluidos los servicios personales), socios con actividad de sociedades personales, monotributos, sociedades de hecho o directores de sociedades anónimas con remuneración (aportación rural) precisan:

Justificar los ingresos mensuales del ejercicio a eximir mediante certificado contable, en el que conste el detalle del resultado bruto de la empresa .Ver modelo disponible

    ¿Tiene costo?

El envío de la Declaración Jurada dentro del plazo solamente implica el pago del timbre profesional. Las exenciones presentadas fuera del plazo abonan una multa por contravención que asciende a 0,5 BPC por tributo y ejercicio. El máximo es de 4 multas por tributo, a partir de la 5ta se debe contactar con nuestra institución para no abonar dicha multa.

    ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en 90 días aproximadamente. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar para ver el resultado: aceptado, rechazado o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada.

Última actualización: Abril 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Solicitud de omisión de pago de aportes por mínimo no imponible

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes que estiman que sus ingresos no van a superar el mínimo no imponible (MNI) de 8 BPC para exonerar el aporte Fondo y/o que estiman que sus ingresos no van a superar las 6 BPC para exonerar el aporte Adicional y necesitan el Certificado de estar al día, así como para los afiliados a la CJPPU en ejercicio que quieran Omitir el pago de los aportes al Fondo.

El MNI para omitir los aportes durante 2024 asciende a $ 49.416 para el aporte Fondo y $ 37.062 para el aporte Adicional (BPC valores 2024).

Si reside en el exterior debe ver la Solicitud de Omisión para contribuyentes en el exterior.

    ¿Cómo se hace?

En el Portal de Autogestión completando la Declaración Jurada Provisoria y adjuntando la documentación requerida para justificar la estimación de los ingresos. Para iniciar el trámite es necesario estar registrado previamente como usuario del Portal de Autogestión y tener subscripto el Contrato de Usuario.

    ¿En qué plazo y con qué frecuencia se presenta?

Desde octubre del año anterior al que se pretende omitir y durante todo el año del ejercicio que se solicita omitir el pago.

Recuerde que es imprescindible también tramitar la Solicitud de Exención del año omitido, ya que solo la Omisión no exonera la obligación del aporte. 

    ¿Qué documentos debo adjuntar?

En todos los casos se debe presentar:

  • Consulta de actividades por persona y la Historia Laboral Nominada de BPS. Se obtienen desde Servicios en línea de BPS, ingrese con su usuario (o puede gestionarlo sin costo en las redes de cobranzas) ir a Mi información / Ver detalle de aportes e Historia Laboral y descargar el PDF con la opción Toda Mi Historia. Luego ir a Ver detalle de Mis Actividades y descargar el PDF correspondiente.
  • Si es afiliado a CJPPU, debe adjuntar la historia de afiliado emitida por dicho organismo donde conste el histórico de los períodos de aporte computables.

Dependiendo del tipo de actividad laboral de sus ingresos, deberá también adjuntar:

INICIAR TRÁMITE
SEGUIMIENTO / RESOLUCIÓN

Datos de interés

  • Si desarrolla actividades amparadas por otros organismos provisionales, deberá anexar los ingresos obtenidos (Caja Bancaria, Caja Policial y Militar). 
  • Declaraciones Juradas presentadas a DGI correspondientes al ejercicio anterior.

Los titulares de empresa unipersonal (excluidos los servicios personales), socios con actividad de sociedades personales, monotributos, sociedades de hecho o directores de sociedades anónimas con remuneración (aportación rural) requieren adjuntar:

Certificado Contable de los ingresos mensuales obtenidos durante el ejercicio previo a omitir, en el que conste el detalle del resultado bruto de la empresa. Ver modelo disponible

    ¿Tiene costo?

Este trámite no tiene costo, solo se abona el timbre profesional.

    ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en 5 días aproximadamente. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar al icono de la lupa para ver el resultado (aceptado, rechazo o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada).

Última actualización: enero 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Solicitud de exención de aportes por mínimo no imponible para contribuyentes radicados en el exterior

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes que están; o han estado radicados en el exterior, hasta los 90 días posteriores a su retorno al país, sin ingresos por actividad laboral de fuente uruguaya o que no superen los mínimos no imponibles establecidos en la legislación.

El Mínimo No Imponible (MNI) para exonerar el aporte Fondo es de 8 BPC y de 6 BPC para exonerar el aporte Adicional. En Datos de Interés puder ver el histórico del valor de la BPC (Base de Prestación Contributiva).

    ¿Cómo se hace?

Debe desargar el formulario, completar la Declaración Jurada y presentarla con la documentación respaldatoria correspondiente en la oficina del Fondo de Solidaridad (Mercedes 1796, Montevideo).

Se entrega en la Recepción o se envía por correo postal, para la entrega no es necesario agendarse, pero si precisa atención personalizada es necesario previa agenda web. 

Recuerde que la Declaración debe ser acompañada por un timbre profesional.

    ¿En qué plazo y con qué frecuencia se presenta?

Dentro de los 90 días siguientes al retorno a nuestro país, o en cualquier momento mediante apoderado, si la persona aún permanece en el exterior.

Solo se puede solicitar la Exención de aportes de años anteriores, en el caso del año vigente solo se puede solicitar la Omisión.

    ¿Qué documentos debo presentar?

En todos los casos se debe presentar:

  • Consulta de actividades por persona y la Historia Laboral Nominada de BPS. Se obtienen desde Servicios en línea de BPS, ingrese con su usuario (puede gestionarlo sin costo en las redes de cobranzas o en consulados del exterior) ir a Mi información / Ver detalle de aportes e Historia Laboral y descargar el PDF con la opción Toda Mi Historia. Luego ir a Ver detalle de Mis Actividades y descargar el PDF correspondiente
  • Si es afiliado a Caja de Profesionales (CJPPU), debe adjuntar la historia de afiliado emitida por dicho organismo donde conste el histórico de los periodos de aporte computables.
  • Documentación probatoria de residencia en el exterior (Constancias de trabajo, domicilio y/o estudio, etc.)
  • Certificado de movimientos migratorios emitido por la Dirección Nacional de Migraciones, exigido solo a los contribuyentes que vuelven a radicarse en Uruguay.  

Dependiendo del tipo de actividad laboral de sus ingresas, deberá también adjuntar:

DESCARGAR FORMULARIO
SEGUIMIENTO

Datos de interés

  • Si desarrolla actividades amparadas por otros organismos provisionales, deberá anexar los ingresos obtenidos (Caja Bancaria, Caja Policial y Militar).
  • Si en la historia laboral del BPS no figuran las remuneraciones correspondientes al mes de diciembre, se deben adjuntar comprobantes de los ingresos recibidos durante dicho mes.
  • Declarar los ingresos mensuales del ejercicio a eximir, indicando número de primer y última factura emitida y adjuntar copia de la última factura emitida.
  • Declaraciones Juradas presentadas a DGI correspondientes al ejercicio a eximir (Formularios 1102 y 1302).

Los titulares de empresa unipersonal (excluidos los servicios personales), socios con actividad de sociedades personales, monotributos, sociedades de hecho o directores de sociedades anónimas con remuneración (aportación rural) precisan:

  • Justificar los ingresos mensuales del ejercicio a eximir mediante certificado contable, en el que conste el detalle del resultado bruto de la empresa .Ver modelo disponible

    ¿Tiene costo?

Este trámite no tiene costo, solo se abona el timbre profesional.

    ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en aproximadamente de 30 días. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar al icono de la lupa para ver el resultado (aceptado, rechazo o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada). 

Última actualización: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Declaración informativa de residencia en el exterior

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes que viven en el exterior y que no superan el mínimo no imponible de ingresos (MNI) proveniente de actividad laboral de fuente uruguaya.

Este trámite se realiza para evitar gestiones de fiscalización y el envío de los recordatorios de pagos.

También es imprescindible a efectos de Solicitar la Omisión de pago para residentes en el exterior.

La misma no exonera de las obligaciones contributivas, para exonerar los aportes al Fondo de Solidaridad es imprescindible solicitar la exención por mínimo no imponible exterior que se presenta en cualquier momento mediante apoderado o a los 90 días siguientes al retorno a nuestro país. 

    ¿Cómo se hace?

La Declaración Informativa se realiza exclusivamente a través del Portal de Autogestión completando la misma y adjuntando la documentación requerida. Para iniciar el trámite es necesario estar registrado previamente como usuario del Portal de Autogestión. Al finalizar la gestión recibirá la constancia de presentación por mail. 

    ¿En qué plazo y con qué frecuencia se presenta?

La Declaración se puede gestionar en cualquier momento. Tiene fecha de vencimiento y debe ser actualizada cuando se modifique la situación declarada. 

    ¿Qué documentos debo adjuntar?

Se debe adjuntar al menos un documento probatorio de la residencia en el país declarado (contrato de trabajo, facturas de luz o agua, impuestos, comprobantes de estudio, etc.).

INICIAR TRÁMITE

Datos de interés

    ¿Tiene costo?

Este trámite no tiene costo.

Última actualización: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Solicitud de omisión de pago para contribuyentes radicados en el exterior

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes radicados en el exterior (sin ingresos por actividad laboral de fuente uruguaya o que no superen los mínimos no imponibles establecidos en la legislación) que precisen el Certificado de estar al día y también para los afiliados a la CJPPU en ejercicio que quieran omitir el pago de los aportes al Fondo.

    ¿Cómo se hace?

La Solicitud de Omisión de Pago (Exterior) se realiza exclusivamente a través del Portal de Autogestión completando la misma y adjuntando la documentación requerida. Para iniciar el trámite es necesario estar registrado previamente como usuario del Portal de Autogestión y haber realizado previamente la Declaración Informativa de Residencia en el exterior.

    ¿En qué plazo y con qué frecuencia se presenta?

Es una gestión anual y de carácter provisorio. Se puede solicitar desde octubre del año anterior al que se pretende omitir y durante todo el año del ejercicio que se solicita omitir el pago. 

Recuerde que es imprescindible también tramitar la Solicitud de Exención del año omitido, ya que solo la Omisión no exonera la obligación del aporte. 

    ¿Tiene costo?

Este trámite no tiene costo, solo se abona el timbre profesional.

    ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en 5 días aproximadamente. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar al icono de la lupa para ver el resultado (aceptado, rechazo o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada). 

Última revisión: marzo 2024

INICIAR TRÁMITE
SEGUIMIENTO / RESOLUCIÓN

Datos de interés

Evalúe la utilidad de esta información:

Solicitud de cese de aportación por jubilación

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes que hayan cesado en toda actividad profesional remunerada y accedido a una jubilación servida por Caja de Profesionales Universitarios, Caja Notarial, Caja Bancaria o Banco de Previsión Social (en este último caso debe incluir alguna actividad laboral relacionada con los estudios terciarios realizados). La actividad profesional remunerada es entendida como aquella que tiene directa relación con la formación profesional o terciaria recibida.

Si retoma alguna actividad relacionada con la formación terciaria deberá notificarlo de forma inmediata por nuestro formulario de contacto.

  ¿Cómo se hace?

Debe desargar el formulario, completar la Declaración Jurada y presentarla con la documentación respaldatoria correspondiente en la oficina del Fondo de Solidaridad (Mercedes 1796, Montevideo).

Se entrega en la Recepción o se envía por correo postal, para la entrega no es necesario agendarse, pero si precisa atención personalizada es necesario previa agenda web. 

Recuerde debe ser acompañada por un timbre profesional.

  ¿Qué documentos debo presentar?

  • Consulta de actividades por persona y la Historia Laboral Nominada de BPS. Se obtienen desde Servicios en línea de BPS, ingrese con su usuario (o puede gestionarlo sin costo en las redes de cobranzas) ir a Mi información / Ver detalle de aportes e Historia Laboral y descargar el PDF con la opción Toda Mi Historia. Luego ir a Ver detalle de Mis Actividades y descargar el PDF correspondiente.
  • Cese de actividad de los organismos previsionales que hayan otorgado la jubilación. El cese en BPS es emitido por Gerencia de Prestaciones Económicas y consta del detalle de la actividad, la fecha a servir y la fecha de cese.
  • Si es afiliado a Caja de Profesionales (CJPPU), debe adjuntar historia de afiliado emitida por dicho organismo previsional.

¿Cómo completo la Declaración? 

SOBRE LAS JUBILACIONES OBTENIDAS

  • En el ítem 2 de la Declaración Jurada sobre JUBILACIONES OBTENIDAS se deben indicar los organismos previsionales de los cuales recibe jubilación indicando la fecha de comienzo.
  • Si la jubilación es prestada por el BPS, debe especificar seleccionando el casillero pertinente si la jubilación incluye o no alguna actividad laboral relacionada con los estudios terciarios de los cuales egresó y que motivan el aporte al Fondo de Solidaridad.

SITUACIÓN LABORAL ACTUAL

En el ítem 3 debe marcar la opción que corresponde de las dos siguientes:

  • Que no obtiene ingresos por actividad laboral, indicando la fecha desde que se verifica dicha situación.
  • Que obtiene ingresos por actividad no relacionada con los estudios terciarios realizados, debiendo especificar en qué consiste esa actividad.

  ¿Tiene costo?

Este trámite no tiene costo, solo se abona el timbre profesional.

  ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en 30 días aproximadamente. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar al icono de la lupa para ver el resultado (aceptado, rechazo o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada). 

DESCARGAR FORMULARIO
SEGUIMIENTO / RESOLUCIÓN

Datos de interés

Última actualización: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

Solicitud de cese de aportación por enfermedad inhabilitante

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes con enfermedad psíquica o física irreversible que inhabilite el desempeño de cualquier tipo de actividad remunerada.

  ¿Cómo se solicita?

Debe desargar el formulario, completar la Declaración Jurada y presentarla con la documentación respaldatoria correspondiente en la oficina del Fondo de Solidaridad (Mercedes 1796, Montevideo).

Se entrega en la Recepción o se envía por correo postal, para la entrega no es necesario agendarse, pero si precisa atención personalizada es necesario previa agenda web. 

Recuerde debe ser acompañada por un timbre profesional.

  ¿Qué documentos debo presentar?

  • Certificado médico especificando la enfermedad que presenta, desde cuándo la padece y dejando constancia de que la misma le impide desempeñar cualquier actividad remunerada y es irreversible.
  • Breve nota comunicando la situación en la que fundamenta la solicitud de cese.
  • Consulta de actividades por persona y la Historia Laboral Nominada de BPS. Se obtienen desde Servicios en línea de BPS, ingrese con su usuario (o puede gestionarlo sin costo en las redes de cobranzas) ir a Mi información / Ver detalle de aportes e Historia Laboral y descargar el PDF con la opción Toda Mi Historia. Luego ir a Ver detalle de Mis Actividades y descargar el PDF correspondiente.
  • Si es afiliado a Caja de Profesionales (CJPPU), debe adjuntar historia de afiliado emitida por dicho organismo previsional.

  ¿Tiene costo?

Este trámite no tiene costo, solo se abona el timbre profesional.

  ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en 30 días aproximadamente. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar al icono de la lupa para ver el resultado (aceptado, rechazo o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada). 

DESCARGAR FORMULARIO
SEGUIMIENTO / RESOLUCIÓN

Datos de interés

Última actualización: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

25 Años de aportes (cese automático)

    ¿A quién comprende?

Contribuyentes que hayan cumplido 25 años desde el comienzo de la aportación.

  ¿Cómo funciona?

El cese de aportación por esta causal opera automáticamente a partir del año siguiente al que se cumplieron los 25 años desde el comienzo de la aportación.

Se puede corroborar ingresando al Portal de Autogestión visualizando el estado como “cesado”.

Si tiene deudas correspondientes a años anteriores seguirán vigentes y deben ser canceladas para habilitar el Certificado de estar al día, así como evitar gestiones de fiscalización.

RECORDATORIO: En caso de corresponder se debe actualizar el formulario 3100 de DGI.

Última revisión: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

70 Años de edad (cese automático)

    ¿A quién comprende?

Contribuyentes con 70 años de edad.

  ¿Cómo funciona?

El cese de aportación por esta causal opera automáticamente a partir del año en que se cumplen los 70 años de edad (a partir de los datos proporcionados por la Dirección Nacional de Identificación Civil).

Se puede corroborar ingresando al Portal de Autogestión visualizando el estado como “cesado”.

Si tiene deudas correspondientes a años anteriores seguirán vigentes y deben ser canceladas para habilitar el Certificado de estar al día, así como evitar gestiones de fiscalización.

Última revisión: marzo 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

CONTRIBUYENTES

Emisión del Certificado de estar al día

    ¿A quién está destinada?

A todos los sujetos pasivos del Fondo de Solidaridad.

    ¿En qué consiste?

Es una Certificación que se emite para todos los contribuyentes que se encuentran al día con sus aportes al Fondo de Solidaridad o con atrasos menores a 90 días.

Las empresas y organismos están obligadas anualmente por ley a controlar que su personal dependiente o contratado se encuentre al día con los aportes al Fondo mediante la presentación del Certificado de estar al día para habilitar el pago facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones.

    ¿Cuándo y dónde se emite?

Se puede emitir durante todo el año y para todas las entidades que se requieran.  

Tiene validez anual con vencimiento el 31 de marzo.  

Para afiliados a CJPPU y/o CNSS

El Certificado es emitido por las Cajas y puede solicitarse en los sitios web de cada organismo, es un único documento que acredita la situación contributiva con ambos organismos.

Contribuyentes no afilados a Cajas

Los contribuyentes no afiliados a ninguna Caja pueden emitir el Certificado que acredita estar al día con los aportes Fondo y/o Adicional ingresando al Portal de Autogestión con usuario registrado.

¿Qué consecuencias implica tener el Certificado inhabilitado?

Si el Certificado está inhabilitado por falta de pago las entidades deben suspender el pago del 50% de la remuneración y/o honorarios hasta que el contribuyente presente a su empleador el Certificado que demuestra haber regularizado la situación contributiva (emitido por la institución que corresponda).   

El tope de dicha suspensión es de 40 Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC). Si además el contribuyente mantiene deuda con CJPPU o CNSS la suspensión de pago será del 100%.  

¿Cómo habilitar el Certificado de estar al día?

El Certificado está inhabilitado para contribuyentes con atrasos mayores a 90 días, para regularizar la situación contributiva puede pagar a través los medios de pagos disponibles y el Certificado de estar al día quedará  habilitado en un plazo de 24 horas de la cancelación de la deuda o pago inicial de convenio. 

EMITIR CERTIFICADO

Datos de interés

Última revisión: Abril 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

EMPRESAS

Validación de Certificado y Control de nómina

    ¿A quién está destinada?

El control de nómina de funcionarios es un servicio de apoyo a las diferentes empresas y organismos, que busca facilitar el cumplimiento de la obligación legal de controlar la situación contributiva respecto a los aportes al Fondo y Adicional de sus empleados y contratados. 

Recordamos que las empresas y organismos están obligadas por ley a controlar anualmente que su personal dependiente o contratado se encuentre al día con los aportes al Fondo de Solidaridad mediante la presentación del Certificado de estar al día. 

Este Certificado es emitido por Caja de Profesionales y por Caja Notarial (si el contribuyente es afiliado a dichos organismos, en ejercicio o no) o por el Fondo de Solidaridad (si el contribuyente no tiene afiliación a Cajas). 

    ¿Cómo se solicita el control?

Se deberá enviar la nómina de funcionarios al mail fiscalizacion@fondodesolidaridad.edu.uyen formato Excel y recibirán el análisis con el detalle de quiénes tienen el Certificado inhabilitado. 

La nómina a recibir puede ser la misma que el organismo o empresa envía a CJPPU a efectos de cumplir con el control del art. 124 de la Ley orgánica de Caja de Profesionales.  Este control es complementario al efectuado por Caja ya que el universo de contribuyentes al Fondo incluye carreras que no son afíliales a dicho organismo.  

Recordamos que Si el Certificado está inhabilitado por falta de pago las entidades deben suspender el pago del 50% de la remuneración y/o honorarios hasta que el contribuyente presente a su empleador el Certificado que demuestra haber regularizado la situación contributiva (emitido por la institución que corresponda).  El tope de dicha suspensión es de 40 Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC). Si además el contribuyente mantiene deuda con CJPPU o CNSS la suspensión de pago será del 100%. 

    ¿En qué plazo y con qué frecuencia se debe realizar el control?

El control de nómina es anual y la recepción se realiza a partir de abril de cada año.

VALIDAR LA AUTENTICIDAD DEL CERTIFICADO

Datos de interés

Última revisión: Abril 2024

Evalúe la utilidad de esta información:

GUÍA PARA EMPRESAS Y ORGANISMOS
Solicitud de Reintegros

    ¿A quién está destinada?

A contribuyentes que por diversas razones generaron saldos a favor.  

    ¿Cómo se hace?

A través del Portal de Autogestión del Egresado, deben completar los datos personales, indicar el motivo del reintegro, los datos de la cuenta bancaria y adjuntar la documentación necesaria para analizar la solicitud.

  ¿Cuándo y cómo sigo la resolución?

La resolución estará disponible en Seguimiento de Trámites del Portal de Autogestión en 90 días aproximadamente. Al visualizar el expediente como Gestionado, deberá ingresar al icono de la lupa para ver el resultado (aceptado, rechazo o en caso de ser necesario se solicitará ampliar la información proporcionada) y en caso de corresponder se depositará el reintegro en la cuenta.

Para los contribuyentes que realizan sus pagos a través de  CJPPU el plazo de resolución puede ser superior a los 90 días.

Última actualización Mayo 2022

Evalúe la utilidad de esta información:

Actualización de datos de contribuyentes

Es fundamental que los contribuyentes mantengan actualizados sus datos y mail de contacto en el Portal de Autogestión del Egresado o a través del formulario de contacto.

En caso de ya estar aportando y egresar de una nueva carrera de mayor duración (franja de 4 o más años) que pudieran modificar el aporte, se deben contactar con nuestra institución a la mayor brevedad posible.

Última actualización Mayo 2022

Evalúe la utilidad de esta información: