A partir del 1.º de enero se encuentra habilitada la Solicitud de Exención 2025, que se realiza exclusivamente a través del Portal de Autogestión, completando la Declaración Jurada y adjuntando la documentación requerida.
El plazo se extenderá hasta el 31 de marzo.
El plazo se extenderá hasta el 31 de marzo.
Los egresados que durante el año 2025 no superaron ingresos mensuales de $52.608 (8 BPC) pueden solicitar la exoneración del aporte Fondo.
Quienes hayan tenido ingresos mensuales inferiores a $39.456 (6 BPC) también pueden solicitar la exoneración del aporte Adicional.
Para calcular el ingreso promedio mensual proveniente de actividades laborales se consideran:
- Importes nominales obtenidos en relación de dependencia: salarios, aguinaldos, salario vacacional y todo ingreso de naturaleza salarial.
- Facturación por honorarios y/o servicios personales (importes sin considerar IVA).
- Resultado bruto obtenido por titulares de empresas unipersonales, socios con actividad en establecimientos comerciales, establecimientos rurales.
